S, S. c/ OSPEDYC s/AMPARO CONTRA ACTOS DE PARTICULARES
La Cámara Federal de Mar del Plata revoca parcialmente la decisión de grado y ordena a la obra social la cobertura total del tratamiento psiquiátrico integral del actor desde su internación, considerando la vulnerabilidad del paciente y la naturaleza indivisible del tratamiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara Federal de Mar del Plata analiza un recurso de apelación contra una sentencia que limitó la cobertura del tratamiento del actor en una clínica psiquiátrica. La parte actora argumenta que la medida judicial vulnera derechos constitucionales y legales a la protección de la salud mental y discapacidad, y que la cobertura debe ser integral desde la internación, que inició el 26/03/2025. La Cámara destaca que el tratamiento prescripto es único, integral, y que la normativa nacional e internacional protege el derecho a la salud mental y la protección de las personas con discapacidad. La sentencia reconoce que la actuación administrativa de la obra social fue arbitraria, pues rechazó los reclamos y guardó silencio, y que la condición de vulnerabilidad del actor impone garantizar la continuidad y la integralidad del tratamiento. La Cámara revoca la limitación dispuesta por el juez de grado, ordenando la cobertura total desde la internación, y condena en costas a la parte demandada. Además, regula honorarios en la instancia, ajustándolos a las leyes y resoluciones vigentes. La decisión se fundamenta en que la prescripción médica y la normativa aplicable establecen un tratamiento único y continuo, que no puede fragmentarse, y que la privación de cobertura afecta derechos constitucionales y derechos de las personas con discapacidad.
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