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ALVAREZ, IRMA c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP) s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Cámara Federal de Neuquén declaró la inconstitucionalidad del art. 82 inc. c) de la ley 20.628 y ordenó a la AFIP cesar en la retención del Impuesto a las Ganancias sobre jubilaciones, restituyendo los montos retenidos desde enero de 2019 hasta agosto de 2023, por considerar que la norma vulnera principios constitucionales y derechos de los jubilados. La decisión se fundamenta en que gravar las jubilaciones con el impuesto viola el principio de capacidad contributiva, la protección del derecho de propiedad y la igualdad, ya que las jubilaciones no constituyen ganancias en sentido económico y su gravamen resulta confiscatorio, además de no ajustarse a la definición constitucional de hechos imponibles. La sentencia cita precedentes de la CSJN y jurisprudencia local, resaltando que la inclusión de las jubilaciones en la base del impuesto debe ser revisada caso por caso considerando la vulnerabilidad de este colectivo, y que la norma en cuestión excede la facultad del legislador al no distinguir situaciones específicas de vulnerabilidad. El fallo reconoce además que la modificación legislativa posterior, la ley 27.617, no fue suficiente para subsanar las vicios constitucionales y que la situación de vulnerabilidad debe ser evaluada individualmente, pero en el caso concreto, la norma resulta inconstitucional por afectar derechos constitucionales y principios fundamentales.

Inconstitucionalidad Vulnerabilidad Impuesto a las ganancias Derechos constitucionales Jubilaciones Capacidad contributiva Recursos previsionales Gravamen confiscatorio Control judicial. Legislacion tributaria

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