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Legajo Nº 14 - IMPUTADO: MONTECINO, RUTH JAQUELINE s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL

El juez de primera instancia autorizó a Ruth Jaqueline Montecino a gozar de salidas transitorias bimestrales de 24 horas, con condiciones para fortalecer los vínculos familiares y sociales, estableciendo normas de conducta durante el usufructo de las mismas.

Autorizacion judicial Condena Medidas de seguridad Salidas transitorias Regimen penitenciario Ley 24.660 Condiciones de conducta Decreto 396/99 Regimen de libertades Fortalecimiento familiar

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La condenada, Ruth Jaqueline Montecino, solicita ser incorporada al régimen de salidas transitorias, proponiendo salidas mensuales de 24 y 48 horas, incluyendo el tiempo de traslado.
- El Ministerio Público Fiscal se pronuncia favorable en cuanto a la incorporación, pero disiente respecto a la duración de las salidas, proponiendo un máximo de 12 horas por salida, en línea con el art.28 inc. a) del decreto 396/99 y el art.54 de la ley 24.660.
- La defensa solicita la unificación de las salidas de 12 horas en una de 24 horas.
- El juez, tras considerar los informes y las peticiones, decide incorporar a Ruth Montecino al régimen de salidas transitorias, autorizándole dos salidas bimestrales de 24 horas, más ocho horas para desplazamiento, con normas de conducta específicas, incluyendo permanecer en el domicilio y limitar sus vínculos sociales.

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