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YUNES, MARIA ELSA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia que declaró la existencia de cosa juzgada en un reajuste de haber previsional y rechazó la reapertura administrativa, ratificando la validez del precedente Sánchez y la constitucionalidad de la ley 27.541.

Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Cosa juzgada Seguridad social Derecho previsional Precedentes judiciales Reajuste previsional Cordoba Reapertura administrativa Ley 27.541


- Quién demanda: María Elsa Yunes

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber previsional, considerando una supuesta reapertura administrativa y otros planteos relativos a la aplicación de precedentes y la constitucionalidad de leyes.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la decisión del juez de grado, rechazando los agravios relativos a la reapertura administrativa, la aplicación de precedentes y la constitucionalidad de la ley 27.541.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La causa juzgada sobre el reajuste del haber previsional del actor, ya resuelta mediante sentencia firme, impide una nueva valoración sobre el mismo período por la existencia de cosa juzgada. La reapertura administrativa prevista en la ley 20.606 no puede alterar lo ya decidido, ya que la firmeza de resoluciones judiciales o administrativas hace cosa juzgada. La aplicación del precedente "Badaro" y la constitucionalidad de la ley 27.541 fueron ratificadas, en línea con jurisprudencia reciente del Tribunal. La Cámara sostuvo que la reapertura solo es admisible ante hechos nuevos y que no se modifica lo resuelto con anterioridad. Las costas se imponen por su orden y los honorarios de la parte actora en el 35% de lo que se estime en la instancia inferior.

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