CURTELO, VIRGINIA GRACIELA c/ LAN ARGENTINA S.A. s/DESPIDO
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó parcialmente la sentencia de grado en un reclamo laboral, rechazando algunos agravios relacionados con la fecha de despido, viáticos y beneficios, y ajustó los intereses y costas conforme a la normativa vigente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora Virginia Graciela Curtelo demanda por despido y otros créditos laborales contra LAN Argentina S.A.
- La sentencia de grado acogió parcialmente la demanda, reconociendo ciertos conceptos y rechazando otros.
- La Cámara confirmó la mayoría de los aspectos de la decisión, especialmente la fecha de despido, la naturaleza de los viáticos y beneficios, y la liquidación de intereses.
- La Cámara sostuvo que la fecha de despido fue correctamente fijada en el 11/02/2021, ya que la actora tomó conocimiento de la extinción del vínculo en esa fecha, y las comunicaciones posteriores carecían de relevancia jurídica.
- Respecto a los viáticos, la Cámara recordó que el convenio colectivo establece que no son remunerativos, y que no se acreditó el cumplimiento de los requisitos para su inclusión en el salario.
- En relación a beneficios como pasajes, la Cámara confirmó que no son remunerativos ni reembolsables, tal como lo regula el convenio.
- Se ajustaron los intereses moratorios, adoptando el CER hasta diciembre de 2023, y posteriormente, la tasa activa del Banco Nación.
- Se confirmaron las costas y la regulación de honorarios en la misma proporción que en la sentencia de grado, con modificaciones en los montos.
- Se rechazaron agravios relacionados con la ley 25.323, por no aplicarse retroactivamente, y con los pagos realizados por la empleadora, por no acreditar el origen de los mismos.
- La resolución reafirmó que la modificación de la tasa de interés no afecta la cosa juzgada, y que las tasas deben ajustarse a las condiciones económicas actuales, respetando la seguridad jurídica.
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