Logo

GERBASI ANA MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia en un caso de reajustes previsionales, manteniendo aspectos relacionados con la actualización de prestaciones y la constitucionalidad de las normas legales aplicadas. La decisión se fundamenta en el análisis de la normativa legal y los precedentes constitucionales en materia de seguridad social.

Inconstitucionalidad Seguridad social Jurisprudencia corte suprema Calculo de haberes Movilidad previsional Actualizacion de beneficios Ley 27.609 Ley 27.426 Refuerzos economicos Derechos sociales 9.


- Quien demanda (Actor): Ana María Gerbasi Demandado: ANSES Objeto: Reajuste de beneficios previsionales, actualización de la PBU, revisión de cálculos y aplicación de índices de movilidad. Decisión: Se revoca parcialmente la sentencia de primera instancia y se dictaminan criterios respecto a la actualización de la PBU y la movilidad del haber, en línea con las jurisprudencias y normas legales vigentes. La Sala sostiene que la comparación del haber inicial debe realizarse sobre el monto total percibido, incluyendo reajustes, y que las actualizaciones deben ajustarse a los índices establecidos por la ley 27.426 y sus modificatorias, en especial la ley 27.609, aplicándose la fórmula de movilidad vigente y respetando la constitucionalidad de dichas normas. Además, se rechazan los planteos relacionados con la inconstitucionalidad de las leyes de emergencia y las diferencias en montos por la finalización de los regímenes transitorios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara fundamenta su fallo en los precedentes de la Corte Suprema de Justicia en “Quiroga”, “Sandoval”, “Pichersky” y otros, que establecen que la ausencia de incrementos en componentes de la jubilación afecta la incidencia sobre el total del haber, y que la comparación debe hacerse sobre el monto total percibido. Se destaca que la ley 27.426, vigente desde su publicación en diciembre de 2017, sustituyó las normas anteriores y estableció un índice combinado para la actualización, que debe respetarse. Además, se remarca que la movilidad del haber y la aplicación de los índices constitucionales deben seguir las pautas del Congreso y que las medidas de refuerzo a los jubilados con menores ingresos son compatibles con los derechos sociales y la igualdad material. La Sala también analiza la constitucionalidad de las normas y la finalidad de las políticas públicas en materia de seguridad social, rechazando los planteos de inconstitucionalidad y discriminación. Se confirma que la doctrina del Tribunal respecto a la actualización de los montos y las normas de movilidad es coherente con la jurisprudencia constitucional y la legislación vigente.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar