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PERALTA RUBEN GREGORIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La sentencia del Juez Federal Subrogante Ezequiel Perez Nami ordena el reajuste del beneficio previsional del actor y rechaza parcialmente los planteos de inconstitucionalidad, confirmando el cálculo y las disposiciones legales aplicadas, con especial atención a la actualización de las remuneraciones y los topes legales.

Inconstitucionalidad Seguridad social Movilidad Actualizacion salarial Reajuste previsional Topes Ley 27.609 Ley 24.241 Diferencias en haberes

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ruben Peralta Gregorio Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) Objeto de la demanda: Reclamo de diferencias en el haber previsional por reajustes y actualización del beneficio conforme a la ley 24.241, cuestionando la constitucionalidad de varias disposiciones legales y el mecanismo de actualización salarial y topes del haber. Decisión: La sentencia rechaza la defensa de prescripción, desestima los planteos de inconstitucionalidad relacionados con los topes, las leyes 24.463, 24.241 y la ley 27.426, y establece que la actualización del haber será conforme a los índices y mecanismos dispuestos por el Congreso, en particular la ley 27.609, sin exceder los porcentajes legales. Ordena el pago de las diferencias a favor del actor, con intereses desde que cada suma es debida, y las costas en orden causado. Fundamentos principales: "El análisis de la cuestión de fondo revela que en la determinación del haber mensual de la Prestación Básica Universal (PBU) no entran directamente en juego las remuneraciones del afiliado, sino que está constituida en la actualidad por un monto fijo, determinado por el legislador en la ley 26.417 (B.O. 16/10/08). La Cámara Federal de la Seguridad Social ha revocado el criterio anterior con base en la jurisprudencia del Máximo Tribunal, específicamente en autos ‘Quiroga Carlos Alberto c/ ANSES’, y se adhiera a los precedentes que establecen que la actualización de las remuneraciones está en competencia del Poder Legislativo. La ley 27.609 y sus modificaciones regulan la movilidad y actualización del haber, por lo cual se desestiman los planteos sobre inconstitucionalidad en este aspecto. La normativa vigente y los precedentes jurisprudenciales confirman que la actualización debe hacerse conforme a los índices dispuestos por el Congreso, no siendo procedente cuestionar la constitucionalidad del mecanismo legal. En cuanto a los topes legales, la parte actora no acreditó haber superado los límites establecidos, por lo que dichos planteos resultan abstractos. La declaración de inconstitucionalidad de leyes requiere que la lesividad sea manifiesta e indubitada, lo cual no ocurre en este caso. La sentencia ordena el reajuste del beneficio, el pago de las diferencias y las costas, en atención a los fundamentos jurídicos y precedentes citados."

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