R., S. A c/ EN-AFI-DTO 656/16 s/EMPLEO PUBLICO
La Cámara Contencioso Administrativo Federal rechazó el pedido de aclaratoria de la actora, confirmando que la sentencia es clara y completa en sus fundamentos y que no existe omisión que requiera subsanación, manteniendo la decisión original.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, S. A. C., demanda en el expediente CAF 60.399/2022 contra EN-AFI y el Estado nacional por empleo público y reconocimiento de derechos.
- La Cámara confirmó la nulidad de las resoluciones 1098/2020 y 497/2022, y reconoció a la actora el derecho a una indemnización conforme al artículo 11 de la ley 25.164.
- La actora solicitó aclaratoria señalando supuestas omisiones en la sentencia, específicamente en relación a la confirmación de la nulidad y la orden a la Secretaría de Inteligencia.
- La Cámara, tras analizar, sostuvo que la sentencia es clara y que no hay errores materiales ni omisiones subsanables mediante aclaratoria, pues la decisión contiene una fundamentación suficiente y la resolución es indivisible y lógica.
- Se recordó que la función de la aclaratoria es limitarse a subsanar errores materiales o aclarar conceptos oscuros, no a modificar decisiones ya firmes o ampliar la jurisdicción, lo cual no ocurrió en este caso.
- Además, se precisó que la sentencia no dispuso que la Administración dictara un nuevo acto, por lo que no corresponde ordenar un nuevo acto administrativo en esta vía.
- La Cámara concluyó que no existe omisión que deba ser subsanada mediante aclaratoria, por lo que se rechaza el pedido y se confirma la sentencia original.
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