CONSORCIO DE PROPIETARIOS BOLIVAR 1610/16/18 c/ EDESUR SA s/EXPROPIACION-SERVIDUMBRE ADMINISTRATIVA
La Cámara declaró la existencia de un desistimiento del recurso de apelación por parte del actor, sin imposición de costas, tras la aceptación del desistimiento por la parte actora en el expediente, concluyendo que corresponde tenerla por desistida del recurso y que no existe contradicción en el proceso. La decisión se fundamenta en la circunstancia de que el recurso fue presentado y posteriormente desistido, y no se evidencian agravios que ameriten continuar con la instancia.
- Quién demanda: Consorcio de Propietarios Bolívar 1610/16/18
¿A quién se demanda?
EDESUR SA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Expropiación y servidumbre administrativa por el Centro de Transformación N° 75414, con condena a la concesionaria al pago de indemnización.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar al desistimiento del recurso de apelación interpuesto por la parte actora, sin imposición de costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La causa fue recibida el 27/6/25 y se puso en Secretaría para que la recurrente expresara sus agravios, pero ante la existencia del desistimiento y la ausencia de contradicción, se resolvió tenerla por desistida del recurso de apelación. La resolución se fundamenta en la normativa procesal y en que no se evidencian agravios que justifiquen continuar con la instancia, por lo que se dio por desistido el recurso sin imposición de costas.
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