LA FRANCA SILVIA BEATRIZ C/ ARIAS MATIAS SALOMON Y OTROS S/ COBRO EJECUTIVO DE ALQUILERES
La Cámara de Apelaciones declara la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la Ley 23.928 y ordena la actualización del crédito por IPC y la reducción de la cláusula penal en un tercio. La decisión responde a la afectación del derecho de propiedad y la pérdida del poder adquisitivo del dinero en contexto inflacionario.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Silvia Beatriz La Franca, demandó a los deudores por cobro ejecutivo de alquileres, reclamando el pago de $822.112,08. El juez de primera instancia dictó sentencia de trance y remate y rechazó la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928, argumentando que dichas normas regulan obligaciones de valor y no de suma de dinero. La recurrente apeló, alegando que la omisión vulnera su derecho de propiedad y que la inflación y la pérdida del poder adquisitivo del dinero hacen necesaria la actualización del crédito y la declaración de inconstitucionalidad de dichas normas. La Cámara, tras analizar la cuestión, sostuvo que aunque el precedente "Barrios" fue dictado en otro contexto, la doctrina legal sobre actualización de sumas indemnizatorias también es aplicable a obligaciones de dinero. La Corte provincial consideró que las normas impiden la actualización por IPC, lo cual resulta inconstitucional en un escenario de elevada inflación, afectando el derecho de propiedad del acreedor. La sentencia revocó la decisión de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928, ordenando la actualización del crédito al momento de la liquidación conforme al IPC, con una tasa del 6% anual, y reduciendo la cláusula penal a un tercio del valor mensual. Además, se impusieron las costas en alzada en el orden causado y se difirió la regulación de honorarios.
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