BERNARDEZ JORGE EDUARDO C/ FORNACIARI LEOPOLDO S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA VICENAL/USUCAPION
La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Familia de Lomas de Zamora decidió aclarar una sentencia anterior para precisar que el inmueble adquirido por prescripción por la accionante corresponde a la designación en el plano de mensura 003-0137-2015. La decisión se fundamenta en la necesidad de evitar interpretaciones erróneas que puedan afectar la materialización del derecho de la actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa fue promovida por Jorge Eduardo Bernardez contra Leopoldo Fornaciari, reclamando la prescripción adquisitiva del inmueble. La sentencia dictada el 11/4/2022 requería una aclaración para especificar que la propiedad adquirida por prescripción corresponde a la designación en el plano de mensura 003-0137-2015, dado que al intentar inscribir la sentencia, la Dirección de Catastro observó que no se había consignado dicho plano en el fallo. Los jueces Rodiño e Igoldi consideraron que la aclaratoria es procedente, ya que busca suplir cualquier omisión y evitar interpretaciones distintas que puedan poner en riesgo el derecho del actor, citando que "la designación catastral indicada en la sentencia cuya aclaración se pretende guarda correspondencia con la enunciada en la demanda". La decisión fue unánime, estableciendo que la sentencia debe ser aclarada en el sentido de que el inmueble objeto de prescripción corresponde al plano mencionado.
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