OLIVA, CELIA ANA C/ BELLOMI, GENARO DANIEL S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA VICENAL / USUCAPION (INFOREC 958)
La Cámara de Dolores deja sin efecto la sentencia que rechazó la reclamo de usucapión por considerar que fue dictada prematuramente y sin sustanciación previa, ordenando la continuación del proceso en la instancia de origen para garantizar el debido proceso y producción de pruebas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Celia Ana Oliva interpuso acción de usucapión contra Genaro Daniel Bellomi, titular registral del inmueble, alegando haber ejercido posesión pública, pacífica, continua e ininterrumpida desde 1997 durante más de 20 años, realizando mejoras y abonando impuestos. El juez de paz rechazó inicialmente la demanda, considerando que el demandado adquirió el inmueble en 2009 y que la prueba no acreditaba los requisitos de la usucapión. La Cámara de Dolores revisó esa decisión y consideró que el juez de paz incurrió en un error al rechazar la demanda sin sustanciar el proceso y sin abrir a prueba, violando el derecho de defensa y el debido proceso. La mayoría de los jueces entendieron que el rechazo prematuro de la demanda fue una extralimitación, y por ello decidieron dejar sin efecto la sentencia, ordenando la continuación del trámite en la instancia de origen para garantizar la producción de prueba y el debate. El voto en disidencia consideró que la decisión de primera instancia no era susceptible de revisión en esta instancia y que la resolución apelada era ajustada a derecho.
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