LOPEZ CHALDE, MARIA PATRICIA c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP) Y OTRO s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Cámara Federal de San Martín confirmó la sentencia que declaró la inconstitucionalidad del Art. 79, Inc. c) de la ley 20.628, ordenando la no retención del impuesto a las ganancias sobre beneficios previsionales y la devolución de montos retenidos, en línea con la doctrina del fallo “García” y principios de seguridad jurídica y economía procesal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, María Patricia López Chalde, promovió acción declarativa de inconstitucionalidad contra la AFIP y otro, solicitando que se declare la inconstitucionalidad del Art. 79, Inc. c) de la ley 20.628, en relación con el impuesto a las ganancias sobre beneficios previsionales. La primera instancia hizo lugar a la demanda y ordenó que la AFIP no practicara retenciones y dispuso la devolución de montos retenidos en los últimos cinco años, con intereses. La demandada apeló y la Cámara confirmó la decisión, fundamentando que la doctrina del fallo “García” del Tribunal Supremo de Justicia de la Nación, que extendió la protección a jubilados en similares condiciones, resultaba vinculante y aplicable en el caso. La Cámara resaltó que la normativa cuestionada no resultaba confiscatoria ni afectaba la capacidad contributiva, y que la sentencia no invadía competencias del Poder Ejecutivo, sino que respetaba la interpretación constitucional del tributo. Además, se desestimaron los agravios relacionados con la afectación del principio de legalidad y de igualdad, y se reiteró que la normativa vigente y la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo sustentan la constitucionalidad del tributo, salvo en las excepciones ya reconocidas. La resolución final fue que se confirma la sentencia de primera instancia con costas en la alzada en el orden causado.
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