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BRUNNER, ALICIA SUSANA c/ ANSES s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO

La demanda de Alicia Susana Brunner contra la ANSES por la inconstitucionalidad del tope en beneficios previsionales y restitución de sumas retenidas fue aceptada, ordenando cesar las deducciones y devolver las cantidades descontadas, fundamentando que el régimen docente especial prevalece sobre el tope general.

Recurso de apelacion Prescripcion Devolucion Constitucionalidad Anses Beneficios previsionales Regimen especial docente Topes previsionales Ley 24.016 Sentencia confirmada.

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, Alicia Susana Brunner, demanda a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) solicitando que se declare que su beneficio previsional está exento de topes o deducciones, y que se ordene la devolución de las sumas deducidas.
- La parte demandada argumenta que la ley 24.016, que regula el régimen especial docente, fue derogada por el decreto 78/1994, y que las deducciones aplicadas son constitucionales, además de alegar la prescripción de los reclamos anteriores a 2021.
- El tribunal considera que la ley 24.016 fue restablecida jurídicamente por la Corte Suprema en el caso "Gemelli" de 2005 y ratificada por el decreto 137/05, que regula el régimen especial docente y establece que no son aplicables los topes del art. 9 de la ley 24.463 y sus resoluciones reglamentarias.
- Se concluye que el régimen particular para docentes prevalece sobre las restricciones del régimen general y que las deducciones por topes son inaplicables en estos casos, ordenando el cese de las mismas y la devolución de las sumas descontadas, con intereses.
- También se declara la prescripción para diferencias devengadas antes del 22/11/2021, en función del reclamo administrativo interpuesto en 2023.
- Finalmente, se imponen las costas a la demandada vencida y se difiere la regulación de honorarios hasta existir suma líquida. Fundamentos principales: "De la documentación surgió que la parte actora interpuso un reclamo administrativo con fecha 22/11/2023, cuya denegatoria dio origen a la presente. La plena vigencia del régimen especial para docentes fue restaurada jurisdiccionalmente por la Corte Suprema en autos 'Gemelli' del 28/7/2005 y posteriormente por el decreto 137/05, que regula dicho régimen y crea un suplemento diferencial. Por tanto, el tope previsto en la ley 24.463 y sus resoluciones resulta inaplicable al beneficio de la actora, que se encuentra en el régimen especial, por lo que corresponde hacer lugar a la demanda y ordenar la devolución de las sumas descontadas."

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