PUENTES HERMOSI JOAQUIN RAMIRO Y OTRO c/ ANSES s/PENSIONES
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia que reconoce la derecho a pensión por aportes irregulares, considerando la interpretación amplia del Decreto 460/99 y la jurisprudencia de la Corte Suprema en protección del derecho previsional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, en representación de Joaquín Ramiro Puentes, impugna la negativa del organismo previsional (ANSeS) a otorgarle una pensión, solicitando la aplicación de una interpretación amplia del Decreto 460/99 en relación con la regularidad de aportes. La Cámara analiza la historia laboral del causante, quien falleció con 33 años y 6 meses, habiendo prestado servicios por 9 años y 12 días, superando el 50% del mínimo de servicios exigidos proporcionalmente a su vida laboral. La Corte Suprema ha establecido que la regularidad de los aportes debe valorarse de modo proporcional, considerando lapsos trabajados y períodos de afiliación, incluso si la actividad laboral fue menor en los años previos al fallecimiento, siempre que se haya demostrado un ingreso importante de cotizaciones. La Cámara concluye que, en base a estos precedentes y la prueba aportada, el causante fue aportante irregular con derecho a la pensión solicitada, confirmando la sentencia de grado. La decisión también rechaza la impugnación por el plazo de cumplimiento, manteniendo la regulación de honorarios y costas en la forma establecida.
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