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ALOISE PASCUAL BLAS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, ratificando los parámetros de actualización y la prescripción, rechazando recursos y agravios de ambas partes. La decisión se fundamenta en precedentes de la Corte Suprema y doctrinas aplicadas, considerando que las actualizaciones y métodos utilizados por el organismo demandado son correctos y que la adquisición del beneficio fue anterior a la sanción de la ley 26.417, por lo que no corresponde aplicar la PBU. La Cámara también ratificó la prescripción bienal y la tasa de interés desde que cada suma fue debida, en línea con jurisprudencia constitucional y doctrinas de la CSJN. Los agravios relacionados con la actualización del haber inicial, la tasa de interés, la aplicación del DNU 807/16 y la resolución 56/2018 fueron desestimados por considerar que contradecían precedentes y principios constitucionales. Se confirmaron además las costas y se ordenó devolver las actuaciones al juzgado de origen.

Tasa de interes Recurso de apelacion Prescripcion Seguridad social Anses Jurisprudencia csjn Actualizacion de haberes Pbu Ley 27.260 Dnu 807/16

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La parte actora demandó la actualización del haber inicial y cuestionó la tasa de interés aplicada, reclamando la aplicación del índice previsto en la ley 27.260, Decreto 807/2016 y Resolución ANSeS 56/2018.
- La demandada se agravió por la actualización de la PBU, los parámetros utilizados para el cálculo del haber inicial, la prescripción, y la aplicación de normativas posteriores a la adquisición del beneficio.
- La Cámara sostuvo que en materia de actualización del haber inicial, corresponde aplicar los índices definidos por la Corte Suprema en los precedentes "Elliff" y "Blanco", ratificados en "Berardi", y que la adquisición del beneficio fue anterior a la sanción del art. 5 del DNU 807/16, por lo que no procede su aplicación.
- La prescripción bienal fue confirmada en virtud de doctrina de la CSJN en los autos "Jaroslavsky" y "Miralles".
- La tasa de interés desde que cada suma fuere debida hasta su pago, conforme la tasa pasiva del Banco Central, fue ratificada.
- La sentencia también rechazó los agravios relacionados con la actualización de la PBU y la aplicación del DNU 807/16, confirmando la validez de la decisión de grado.

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