B, D. M. ( EN REPRESENTACION DE J O) c/ OSDE (ORGANIZACION DE SERVICIOS DIRECTOS E ) s/LEY DE DISCAPACIDAD
La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó la decisión de grado, declarando desierto el recurso de apelación de la accionada, y mantuvo la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo por cobertura del 100% de un medicamento para un discapacitado. La decisión se fundamenta en que las alegaciones del recurrido carecen de crítica concreta y razonada, y que las meras discrepancias no justifican la revocación de la resolución de grado, reforzando la necesidad de fundamentar adecuadamente la impugnación.
- Quién demanda: D. M. en representación de J. O (acción de amparo).
¿A quién se demanda?
OSDE (Organización de Servicios Directos E).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobertura integral del medicamento para tratamiento de discapacidad.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo, declarando desierto el recurso de la accionada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las alegaciones que el recurrente realiza no cumplen con esa exigencia, por no exponer los motivos que existirían para considerar que los fundamentos de la decisión atacada son erróneos, injustos o contrarios a derecho. [...] La expresión de agravios, tal surge con claridad del Código ritual, no es una simple fórmula carente de sentido, ya que para que cumpla su fin debe constituir una exposición jurídica, o sea una crítica concreta y razonada de las partes del fallo que el apelante considere equivocadas, un análisis serio para demostrar que es errónea o contraria a derecho la resolución recurrida." La Cámara entiende que las alegaciones de la parte recurrente no constituyen una impugnación fundada y razonada, sino una mera discrepancia, por lo que declara el recurso desierto.
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