S. E. A. C/ C. L. F. J. S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA VICENAL/USUCAPION
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de La Plata revoca la decisión de primera instancia y declara la adquisición del dominio por parte del actor mediante usucapión al 31/12/2004, confirmando la validez de la prueba y la aplicación del nuevo Código Civil y Comercial.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por E. A. S. contra los sucesores de L. F. J. C. solicitando la declaración de propiedad a través de la prescripción adquisitiva. La sentencia de primera instancia desestimó la acción, considerando insuficientes las pruebas probatorias y la antigüedad de la posesión. La Cámara revisó la valoración probatoria, considerando que la posesión del actor desde 2004, complementada con documentación, testimonios y peritajes, acreditó el cumplimiento del plazo legal para la usucapión, y que los hechos se produjeron bajo la vigencia del antiguo Código Civil. La Cámara concluyó que "desde el año 1977 el señor O.M. R. comenzó a poseer el inmueble con ánimo de dueño en forma pública, pacífica e ininterrumpida, para en 2004 ceder los derechos posesorios al accionante," y que "al momento de la demanda, ya había transcurrido holgadamente el plazo prescriptivo." Además, señaló que la prueba debe valorarse en conjunto, y que los actos y documentación acreditan la posesión prolongada y adecuada para el efecto. La sentencia revocó la sentencia de primera instancia y declaró la adquisición del dominio a favor del actor desde 2004, con costas en ambas instancias, y diferimiento de honorarios.
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