ALVAREZ JORGE OMAR C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROV. DE BS: AS. Y OTRO/A S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
La demanda de Alvarez busca el reconocimiento de su derecho a que se liquide y pague una bonificación por antigüedad del 3%, y el tribunal hace lugar a la misma, considerando que las normas impugnadas son inconstitucionales y vulneran derechos constitucionales y tratados internacionales.
- Quién demanda: Jorge Omar Alvarez
¿A quién se demanda?
Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y otro
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento del derecho a la liquidación y pago de la bonificación por antigüedad del 3%, retroactivamente, por todos los años laborados, y declaración de inconstitucionalidad de leyes, decretos y resoluciones que determinaron porcentajes inferiores o la eliminación de la bonificación.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la demanda, reconociendo el derecho del actor a que se liquide y pague la bonificación del 3%, considerando inconstitucionales las normas que redujeron o eliminaron dicho porcentaje, con retroactividad desde la fecha de la interposición de la demanda o reclamo administrativo, calculando las sumas en valores actuales y con intereses del 6% anual.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal analiza que las modificaciones normativas que redujeron la bonificación por antigüedad implicaron una disminución de haberes y vulneraron la cláusula de igualdad, ya que excluyeron a los magistrados por la garantía de intangibilidad de sus remuneraciones, y no se trata de una simple modificación futura, sino de un retroceso en derechos adquiridos. Se cita doctrina constitucional y jurisprudencia que refuerzan que las reducciones salariales deben ser excepcionales, temporales y no pueden ser definitivas, especialmente en un contexto de protección del principio de progresividad y no regresividad de los derechos laborales. Se concluye que las leyes y decretos impugnados son inconstitucionales, y que la reducción de la bonificación constituye un retroceso que viola derechos constitucionales y tratados internacionales. La demanda procede en consecuencia, con reconocimiento del derecho a la retroactividad y pago actualizado, con intereses.
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