HORTON JOSE MARIA C/ IPS S/ PRETENSION ANULATORIA - PREVISION
La Cámara desestima la demanda de reconocimiento de pensión honorífica a ex combatiente, argumentando que el actor, retirado con haber, no se encuentra incluido en el colectivo tutelado por la Ley 12.006 y sus modificatorias, y que la interpretación restrictiva de la normativa excluye su derecho.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, José María Horton, demanda al IPS solicitando la otorgación de la Pensión Honorífica en reconocimiento de ex combatientes del conflicto bélico de las Islas Malvinas, amparado en la ley 12006 y sus modificaciones. Alega que cumple con los requisitos, incluyendo el domicilio en la provincia de Buenos Aires y su condición de ex combatiente, y que la inacción administrativa configura silencio administrativo. La Fiscalía de Estado, en defensa del IPS, argumenta que el actor, retirado con haber, no se encuentra incluido en el colectivo tutelado por la ley, que limita el beneficio a quienes se encuentran en situación de retiro o baja voluntaria y no perciban haber de retiro. La sentencia analiza en profundidad la normativa aplicable, citando las leyes 12.006, 13.324, y la jurisprudencia de la CSJN y la SCBA, concluyendo que la ley establece un criterio restrictivo que excluye a quienes perciben haber de retiro con carácter de "retirados con haber", en función del principio de igualdad y finalidad del beneficio. Se destaca que la finalidad del beneficio es reconocer a los ex combatientes en una condición específica, diferenciando entre militares profesionales y soldados voluntarios, y que la exclusión del actor responde a la intención legislativa de distinguir estos colectivos. La sentencia también rechaza la inconstitucionalidad del art. 2 inc. "b" de la ley 12.006, por considerar que la normativa no viola principios constitucionales. En consecuencia, se desestima la demanda, confirmando que el accionante no cumple con los requisitos para acceder a la pensión en cuestión.
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