YBAÑEZ JUAN RAMON C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
La demanda del Sr. Ybañez busca el reajuste del valor de la Compensación por Recargo de Servicio (horas Co.Re.S.) para su personal policial, alegando inconstitucionalidad de las resoluciones que regulan dicho valor. La Cámara confirmó el rechazo de la demanda, sosteniendo que no existe vacío legal ni vulneración constitucional, y que los regímenes estatutario y general son diferenciados y adecuados a la naturaleza de cada uno.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Juan Ramón Ybañez, representante de personal policial, demanda la actualización del valor de la hora Co.Re.S. previsto en las resoluciones ministeriales, alegando que la normativa vigente resulta lesiva de garantías constitucionales y viola el principio de igualdad. La defensa del Estado, representada por el Fiscal de Estado, argumenta que la normativa reglamentaria se ajusta a la legislación específica del régimen policial, que la analogía con el régimen general de empleo público no es procedente por la separación estatutaria, y que no existe vacío legal que justifique su aplicación. El tribunal analiza la normativa aplicable, destacando que las horas Co.Re.S. son una retribución especial por servicios extraordinarios, reguladas por el régimen policial, y que la diferencia del monto y la regulación respecto a la ley 10.430 responde a la naturaleza diferenciada de los regímenes estatutario y general. Además, concluye que no hay prueba suficiente de la alegada inconstitucionalidad ni de la vulneración del principio de igualdad, y que la Administración tiene competencia discrecional para fijar los valores. La demanda es rechazada, confirmando la legalidad y constitucionalidad de las resoluciones cuestionadas.
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