CARDENAS MARIA ADELA Y OTRO/A C/ HOGAR GERIATRICO PORTAL DEL SOL S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)
Rechazo de la demanda por daños y perjuicios por mala praxis médica en un caso de lesiones en un residente de geriátrico. El tribunal concluyó que la prueba no demuestra responsabilidad de los demandados, quienes actuaron conforme a la ciencia médica y los protocolos vigentes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, María Adela Cárdenas, y Gustavo Salgado, en calidad de representante legal, promovieron una acción por daños y perjuicios contra el Hogar Geriátrico Portal del Sol, por la supuesta mala praxis que derivó en la muerte de la paciente Elba Salgado. La causa se fundamenta en que la atención médica fue negligente al no atender adecuadamente la lesión en el pie izquierdo, que se agravó y condujo a una infección severa, que culminó en amputación y fallecimiento. La sentencia de primera instancia rechazó la demanda, sosteniendo que de las pruebas y pericias rendidas no se acreditó que los profesionales médicos hayan actuado con imprudencia, impericia o negligencia. Se enfatizó que las acciones médicas fueron acordes a las reglas del arte médico y protocolos de atención, y que la evolución desfavorable del cuadro no implica responsabilidad. La historia clínica, informes periciales y testimoniales confirmaron que los tratamientos y diagnósticos se ajustaron a la buena práctica médica. La jurisprudencia citada refuerza que en responsabilidad médica, no basta con el resultado no favorable, sino que debe acreditarse la conducta culposa del profesional.
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