MARRA MARIA TERESA C/ HEREDEROS Y/O SUCESORES DE DOMINGO SGARBAN Y OTRO/A S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA VICENAL/USUCAPION
La sentencia aclara y corrige la descripción del inmueble en la declaración de adquisición por usucapión, modificando la nomenclatura catastral y la descripción del inmueble para mayor precisión y exactitud. La decisión confirma la adquisición a favor del actor y ajusta la sentencia original en el aspecto técnico de la descripción registral.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, María Teresa Marra, demanda a los herederos y/o sucesores de Domingo Sgarban y otro, reclamando la adquisición por usucapión de un inmueble sito en Igualdad 924 de Haedo, Partido de Morón. La sentencia original declara la adquisición del inmueble en favor de la actora, pero la resolución aclara y rectifica la descripción del inmueble en la parte dispositiva. La corrección incluye detalles específicos sobre la nomenclatura catastral, la sección, manzana, parcela y partida inmobiliaria, además de ajustar la referencia a la superficie y la inscripción registral, en respuesta a la solicitud de aclaración presentada. La modificación tiene por finalidad garantizar precisión en la descripción registral y en la inscripción del dominio, sin alterar la validez del fallo que declara la adquisición por usucapión. La resolución también ordena la inscripción registral en el Registro de la Propiedad y la notificación directa a las partes, incluyendo al demandado rebelde. Se destaca que la decisión se fundamenta en la necesidad de precisión técnica y registral, sin cuestionar la validez de la adquisición por usucapión ni el fondo del fallo original.
Fundamentos principales:
"De conformidad con lo solicitado en el escrito caratulado ACLARATORIA
- SE SOLICITA y lo dispuesto por los arts. 34 inc. 5º 'e', 36 inc. 3º y 166 inc. 2º del CPCC, aclárese, rectifíquese e insértese en la sentencia definitiva en el sentido que corresponde."
"En el punto Tercero del Fallo donde dice: '...Tercero: Declaro adquirido a favor del actor y a partir del 21 de febrero de 1990 del bien inmueble descripto en el primer resultando, sito en Igualdad 924 de Haedo, Partido de Morón designado NOMENCLATURA CATASTRAL, CIRCUNSCRIPCIÓN III, SECCIÓN F, MANZANA 321, PARCELA 23, PARTIDA INMOBILIARIA 101-022010, inscripto al Folio 900 del año 1938, que cubre una superficie total de 224,49 según plano de mensura Nº101-0000088-2012...' debe decir y leerse: '...Tercero: Declaro adquirido a favor del actor y a partir del 21 de febrero de 1990 del bien inmueble descripto en el primer resultando, sito
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