PRAT, ANA MARIA c/ ANSES s/PENSIONES
La Cámara Federal de Rosario revoca la sentencia que favorecía a la actora y rechaza la demanda por considerar que la relación de convivencia no cumple con los requisitos legales para acceder a la pensión, principalmente por haberse casado la actora con otro y no haber probado convivencia en aparente matrimonio por más de 5 años.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora demanda para obtener una pensión por fallecimiento de su conviviente, alegando convivencia de más de 10 años. La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) y sus órganos administrativos rechazaron la solicitud, fundándose en que no acreditó convivencia en los términos requeridos por la ley 24.241, ya que la actora contrajo matrimonio con otra persona en 2017, antes del fallecimiento del causante en 2019, y existen testimonios y pruebas documentales que acreditan dicha unión matrimonial. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda, pero la Cámara revoca esa decisión, señalando que la relación de la actora con el causante no cumple con los requisitos legales, dado que la convivencia no fue en aparente matrimonio por más de 5 años, y que la prueba testimonial y documental demuestra que la actora contrajo matrimonio con Miguel Antonio Artero en 2017, antes del fallecimiento, lo cual impide el reconocimiento del beneficio. La Cámara además dispuso la intervención del Ministerio Público Fiscal y declaró la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018. La resolución se fundamenta en que la prueba documental y testimonial demuestran que la relación de convivencia no cumple con los requisitos legales para el otorgamiento de la pensión.
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