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RODRIGUEZ, ADALBERTO JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de Rosario en Sala B confirmó parcialmente la sentencia que hizo lugar a la demanda contra ANSES y declaró la inconstitucionalidad de un artículo del DNU 157/2018, en un proceso por reajustes previsionales. La decisión incluyó la aceptación de agravios relacionados con el tratamiento de la PBU y los topes máximos, y la declaración de inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU, imponiendo costas a la parte vencida.

Intereses moratorios Inconstitucionalidad Diferencias retroactivas Csjn Topes legales Pbu Reajustes previsionales Camara federal. Dnu 157/2018 Costos judiciales


¿Quién es el actor?

ADALBERTO JOSE RODRIGUEZ

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes en haber previsional, diferencias retroactivas, tratamiento de la Prestación Básica Universal, topes legales, intereses y constitucionalidad del DNU 157/2018.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar parcialmente a la demanda, rechazó agravios relacionados con la confiscatoriedad del haber y la aplicación de ciertos fallos de la CSJN, y declaró la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018, imponiendo costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En relación a los agravios sobre la PBU, la Sala remite a autos N° FRO 27367/2022/CA1, donde se confirmó el diferimiento del análisis de confiscatoriedad, considerando las pautas del fallo 'Quiroga' de la CSJN. Se reitera que la reserva del Caso Federal y la resolución en la causa 'RIBA' fortalecen la decisión de rechazar el agravio." "Respecto a los topes máximos del haber, la Sala sostiene que su tratamiento debe diferirse a la etapa de ejecución, dado que no existe evidencia suficiente de confiscatoriedad en la liquidación, siguiendo las pautas jurisprudenciales de la CSJN." "Se rechazan los demás agravios, incluidos los relacionados con la constitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y las costas, en línea con decisiones previas de esta Sala y la CSJN." "Finalmente, en línea con la sentencia de la CSJN en autos 'MORALES', se declara de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU N° 157/2018 y se imponen costas a la parte vencida."

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