ASBORNO, MONICA MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La Cámara Federal de Rosario modificó parcialmente la sentencia en el caso de reajustes por movilidad y declaró la inconstitucionalidad de ciertos decretos, confirmando en parte la criterio de primera instancia y ordenando el pago de haberes ajustados. La decisión se fundamenta en la inaplicabilidad de los decretos cuestionados y en la necesidad de respetar la ley de movilidad vigente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Nónica María Asborno, demanda a la ANSeS en reclamo por reajustes de movilidad en sus haberes.
- La Cámara confirmó la declaración de inconstitucionalidad de los decretos 542/20, 692/20, 899/20 y la aplicación de la índice de movilidad según la Ley 27.426, revocando la decisión que los consideraba inconstitucionales.
- La Cámara también declaró la inconstitucionalidad del artículo 3 del Decreto N° 157/2018 y ordenó que la demandada abone el haber de enero de 2021 ajustado según los aumentos otorgados por los decretos 692/20 y 899/20, respetando el principio de no reformatio in peius.
- La fundamentación principal sostiene que los agravios son sustancialmente iguales a casos con decisiones precedentes, y que la declaración de inconstitucionalidad de los decretos debe ser revocada en función de los fundamentos del precedente "Morales".
- La Cámara aplicó la doctrina del máximo tribunal y destacó que la decisión de mantener la movilidad conforme a la Ley 27.426 es procedente.
- Se declaró de oficio la inconstitucionalidad del Decreto N° 807/2016 y del artículo 3 del Decreto N° 157/2018, imponiendo costas a la parte vencida.
- Los honorarios de los profesionales en esta instancia se regularon en el 30% de lo dispuesto en primera instancia.
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