PALPACELLI, MARIANO FRANCISCO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
La Cámara Federal de Rosario revoca parcialmente la declaración de inconstitucionalidad de los decretos 542/20, 692/20 y 899/20 y establece la movilidad previsional conforme lo resuelto, ordenando a la demandada abonar el haber correspondiente a enero de 2021 ajustado según la diferencia de aumentos y los índices de movilidad previstos en la Ley 27.426.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La demandada, ANSES, interpuso recurso de apelación contra una sentencia que declaró la inconstitucionalidad de ciertos decretos relacionados con aumentos y movilidad previsional, además de cuestionar la imposición de costas.
- La Cámara confirmó la constitucionalidad de los decretos 542/20, 692/20 y 899/20 y revocó la declaración de inconstitucionalidad, en base a precedentes y doctrina jurisprudencial, especialmente remitiéndose a autos anteriores que ratifican la validez de los decretos en cuestión.
- Sobre la movilidad, la Cámara ordenó que, tras la finalización de la suspensión por la ley 27.541, la demandada abonará el haber ajustado conforme a la diferencia entre los aumentos otorgados en los decretos y los índices de movilidad establecidos en la Ley 27.426.
- En relación a las costas, se confirmó que la parte vencida debe afrontarlas, y en cuanto a las costas de la instancia, se ordenó que sean a cargo de la demandada sustancialmente vencida, en línea con jurisprudencia de la CSJN.
- La jueza Andalaf Cassielo expresó su disidencia respecto al tratamiento del impuesto a las ganancias, sustentando que, por jurisprudencia de la Corte Suprema, el retroactivo reconocido debería quedar exento del impuesto.
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