PEREZ, MIRTA NOEMI c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE SEGURIDAD - POL. FED. ARG. Y OTRO s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
La Cámara Federal de Córdoba confirmó la regulación de honorarios a la abogada de la parte actora y rechazó el recurso de apelación del demandado, considerando que los honorarios regulados se ajustan a la normativa vigente y que la apelación carece de agravio concreto.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara Federal de Córdoba revisó la resolución del juez federal N° 2 de Córdoba, que reguló los honorarios profesionales de la abogada de la parte actora, Dra. Irene Liliana Ortega, en un 3.66% del monto del juicio más un 40% por doble carácter actuado, y en 9.82 UMA, equivalentes a $652.401,52. La recurrente, en representación de la parte demandada, interpuso recurso de apelación alegando que los honorarios regulados eran elevados y desproporcionados respecto a la labor profesional y el beneficio económico obtenido. La Cámara, tras analizar los argumentos, concluyó que los honorarios regulados estaban dentro de los márgenes razonables y que las etapas del proceso se ajustaron a las leyes arancelarias aplicables. Los jueces avalaron la regulación y rechazaron el recurso, confirmando la resolución en todos sus términos. Además, impusieron las costas a la parte demandada perdidosa y regularon honorarios para la parte actora en 5 UMA. La disidencia del juez Sánchez Torres consideró que la apelación carecía de fundamentación concreta y que debía declararse la deserción del recurso. La mayoría, sin embargo, avaló la continuidad del análisis y la validez de los honorarios regulados.
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