PUBILL JOSE LUIS C/ CORIA DIEGO DAMIAN S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
La resolución concede el beneficio de litigar sin gastos a los actores en el proceso contra CORIA DIEGO DAMIÁN, fundamentándose en los arts. 78, 79, 81 y ccs. del CPCC., y en las circunstancias de insuficiencia de recursos de los solicitantes, permitiendo así litigar sin pagar costas o gastos judiciales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La resolución judicial concede a PUBILL JOSÉ LUIS, PUBILL SHIRLEY y PUBILL LEANDRO el beneficio de litigar sin gastos en el proceso contra CORIA DIEGO DAMIÁN, en virtud de lo dispuesto en los arts. 78, 79, 81 y ccs. del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires, y en base a la insuficiencia de recursos económicos de los actores. La decisión se fundamenta en que, según las probanzas y las disposiciones del ordenamiento, los solicitantes cumplen con los requisitos para acceder a dicho beneficio, permitiéndoles litigar sin pagar costas, en tanto no mejore su situación económica. La resolución señala específicamente: "corresponde conceder... el beneficio de litigar sin gastos requerido, con el alcance que determinan las citadas disposiciones y el Art. 84 del mismo código, pudiendo, en consecuencia, litigar contra CORIA DIEGO DAMIÁN, sin tener que satisfacer el pago de las costas o gastos judiciales, en tanto no mejore de fortuna, con la salvedad establecida en el Art. 84". La resolución fue firmada por el Dr. Guillermo Ortega, juez subrogante.
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