RIOS VARGAS, LAURA NOEMI c/ FACULTAD DE MEDICINA Y OTRO s/AMPARO POR MORA
La Cámara Federal de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo confirma parcialmente la decisión de primera instancia respecto a la distribución de costas y rechaza los agravios del actor, manteniendo la imposición de costas en el orden causado y confirmando la sentencia de 29 de julio de 2024.
- Quién demanda: Laura Noemi Ríos Vargas
¿A quién se demanda?
Facultad de Medicina y otro (Universidad de Buenos Aires)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Amparo por mora para obtener el otorgamiento del título de Licenciada en Fonoaudiología, en el expediente administrativo EX2023-05869566
- UBA-DMEA#FMED.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la decisión de primera instancia en cuanto a la distribución de costas en el orden causado y rechaza los agravios del actor, manteniendo las costas en dicho orden. También se confirma la sentencia de 29 de julio de 2024 en todos sus términos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara sostiene que la jueza de primera instancia consideró adecuadamente las particularidades del caso para distribuir las costas en el orden causado, en atención a que al momento de la demanda no se verificaba una irrazonable demora en la tramitación del título, ya que la gestión empezó el 19 de marzo de 2024 y la demanda fue presentada el 8 de abril de 2024. "Tales razones, sumadas a que al momento de interponerse la demanda no se verificaba una irrazonable demora de la demandada en la tramitación del título", justifican la distribución en el orden causado. La Cámara también destaca que la parte actora no logró demostrar que la demandada contestó fuera de plazo o que existiera una excepción prevista por la ley. Además, se señala que, en virtud del artículo 68 del CPCCN, en casos como el presente, las costas deben imponerse en el orden causado, ya que no se evidenció una demora irrazonable.
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