EN - M DE DESARROLLO PRODUCTIVO c/ CENCOSUD SA - EX 76379007/2020 Y 38843608/2021 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara Contencioso Administrativo Federal - Sala V confirmó la regulación de honorarios del 30/11/2023 en favor de la representación legal y patrocinio letrado de la parte actora. La decisión se fundamentó en que los honorarios fueron apelados únicamente por bajos, conforme a los arts. 16, 20, 29 y ccdtes. de la Ley N° 27.423, y en la valoración de la naturaleza, extensión y resultado del proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara Contencioso Administrativo Federal
- Sala V confirmó la regulación de honorarios del 30/11/2023, apelada por la parte actora, por considerarlos adecuados y no sujetos a modificación. La decisión se basa en que la apelación fue únicamente por considerarlos bajos, atendiendo a la naturaleza, eficacia, extensión de la tarea desarrollada y el resultado del proceso, que fue favorable a la parte actora. Se remarca que, en función de la valoración integral del caso, la regulación de honorarios no requiere modificación, siendo ajustada a las circunstancias del proceso y la actividad desplegada. La resolución también deja constancia de la vacancia en la Vocalía Nro. 15 de la Sala.
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