DIAZ, HUGO FABIAN c/ EN-M SEGURIDAD-GN s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Federal de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia que declaró el derecho del actor a percibir diferencias en las compensaciones por traslado, incluyendo suplementos creados por el Decreto 1305/12, y rechazó el recurso de la demandada en ese punto.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Hugo Fabian Diaz, demanda el reconocimiento de diferencias en las compensaciones por traslado percibidas, solicitando que se incluyan suplementos creados por el Decreto 1305/12 en la liquidación del haber del grado de Teniente General, con carácter remunerativo y bonificable. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda y ordenó la reliquidación, considerando que dichos suplementos integran el haber, y retrotrae la liquidación al haber correspondiente al grado, incluyendo estos suplementos. La demandada apela señalando que el Decreto 1305/12 es aplicable a las fuerzas armadas y no a las fuerzas de seguridad, y que las liquidaciones se efectuaron conforme a la Ley 19.101 y normativa vigente. La Cámara concluye que los suplementos establecidos por los decretos citados tienen carácter remunerativo y bonificable, integrando el haber del personal militar, y que la liquidación inicial fue incorrecta al no incluir estos suplementos. Además, se ratifica que el plazo de prescripción aplicable es de cinco años, por lo que se hace lugar parcialmente al recurso de la demandada respecto a esa cuestión. La Cámara confirma la sentencia en cuanto a la inclusión de los suplementos y el reconocimiento del derecho del actor, rechazando el recurso de la parte demandada en su totalidad, excepto en lo relativo al período de prescripción.
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