Logo

EN-M ECONOMIA-SECRETARIA INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO c/ ADMINISTRAR SALUD SA-EXPTE 37727231/23 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal declaró desierto el recurso de apelación de Administrar Salud S.A. y confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó el cumplimiento de la sanción y publicación dispuesta por la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo.

Multa Recursos de apelacion Prescripcion Incumplimiento Proceso administrativo Sanciones Publicacion Firmeza de sentencia Camara federal Ley 24.240

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La parte actora, el Estado Nacional – Ministerio de Economía – Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo, promovió demanda contra Administrar Salud S.A. para que cumpliera con la multa y publicación impuestas en la Resolución N° 141/2013, la cual fue confirmada en instancia superior y adquirió firmeza en 2019.
- La demandada interpuso recurso de apelación, alegando prescripción de la acción, dado que la sanción data de 2013 y la demanda se presentó en 2024, además de que los hechos ocurrieron en 2010. La Sala confirmó que la acción no estaba prescrita porque la sanción fue firme en 2019, tras la denegatoria del recurso extraordinario.
- La recurrente no logró controvertir los argumentos fundamentales del tribunal de grado, limitándose a reiterar que la acción estaba prescripta, sin abordar los fundamentos que llevaron al rechazo. La Cámara consideró que la expresión de agravios fue insuficiente y que no se logró refutar los argumentos del fallo apelado.
- En consecuencia, la Cámara declaró desierto el recurso de apelación y confirmó la sentencia de primera instancia, con costas. Fundamentos principales: "En suma, de un cotejo de los aparentes fundamentos traídos a esta instancia revisora, se advierte que los mismos no logran controvertir los argumentos relevantes del pronunciamiento de grado y, menos aún, refutar el fundamento medular utilizado en la sentencia para decidir de la manera en que lo hizo. En efecto, de la lectura del decisorio de grado apelado se aprecia que se ponderaron las posiciones de las partes, las que fueron interpretadas a la luz de la normativa vigente. La recurrente tampoco se hace cargo del argumento del a quo en tanto su defensa había sido planteada en términos genéricos, sin delimitación de plazos."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar