FULLERI JUAN CARLOS Y OTRO c/ GCBA Y/O RESPONSABLE Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo modifica parcialmente la sentencia de primera instancia, ajustando los montos indemnizatorios y distribuyendo las responsabilidades de la condena en un 35% para el GCBA y un 35% para el Estado Nacional, confirmando en lo demás.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara revisó la sentencia del 5/6/2023 que condenó al GCBA y al Estado Nacional a pagar $1.312.000 por daños y perjuicios a Juan Carlos Fulleri, tras un daño psicológico y otros rubros. La Cámara confirmó la responsabilidad de los condenados, ajustando los montos por daño moral a $200.000 y por daño psicológico y tratamiento psicológico, además de incluir un 20% por gastos farmacológicos. Se destacó que la responsabilidad de los condenados se distribuye en un 35% para el GCBA, un 35% para el Estado Nacional y un 30% para los demás condenados, por incumplimiento de obligaciones concurrentes. Se rechazaron agravios respecto a la responsabilidad y la solidaridad, confirmando la decisión de primera instancia en esos aspectos. La reducción en los montos indemnizatorios no afecta sustancialmente la condena, considerando los intereses devengados desde el 30/12/2004. La causa también analizó y descartó agravios respecto a la ley 189 de la CABA, considerándolo prematuro y sujeto a futura liquidación. La sentencia fue parcialmente modificada en los montos y responsabilidades, con costas a cargo de los condenados.
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