REDENGAS SA c/ ENARGAS (EX 43928074/25 - RESOL 266/25) s/ART 66-43-70 LEY 24076 - ENARGAS
La Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo declaró la conexidad de la causa por relación jurídica con expediente previo y remitió la causa a otra sala, fundamentando la decisión en la unidad de valoración y la conveniencia de concentrar la jurisdicción para una administración de justicia más expedita y uniforme. La resolución se basó en la vinculación jurídica entre los procesos y la necesidad de evitar sentencias contradictorias.
- Quién demanda: Redengas SA
¿A quién se demanda?
ENARGAS (Ente Nacional Regulador del Gas)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Nulidad absoluta de la Resolución 266/2025 y de todos sus anexos, además de la suspensión de efectos hasta una sentencia definitiva, y la aplicación del cuadro tarifario vigente, además de plantear la conexidad con un proceso previo por compensación tarifaria.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró la conexidad del recurso con expediente n° 48.340/23 y remitió la causa a la Sala III por haber intervenido previamente en ese expediente. La decisión se fundamentó en la relación de interdependencia y en la necesidad de mantener unidad en la valoración judicial, asegurando la coherencia y evitando sentencias contradictorias, conforme a la normativa y precedentes citados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La conexidad en los procesos está fundamentada en que ambos derivan de un mismo hecho y guardan relación de interdependencia, subordinación o accesoriedad, además de la conveniencia de concentrar la causa para una administración de justicia más eficiente y coherente, en línea con los principios del derecho procesal civil y administrativo. La remisión a la Sala III se justifica por la participación previa de esa sala en el expediente conexo y la necesidad de evitar decisiones contradictorias.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: