GIACOBBE LUIS BETTY c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia de primera instancia respecto a la actualización del beneficio previsional y el análisis de la constitucionalidad de normativas, manteniendo la decisión en otros aspectos y estableciendo costas y honorarios.
¿Quién es el actor?
LUÍS BETTY GIACOBBE
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes en la jubilación, actualización del beneficio, inaplicabilidad de ciertos índices y normas por inconstitucionalidad, y reconocimiento de diferencias post emergencia.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca parcialmente la sentencia de primera instancia en relación a la actualización del haber y la constitucionalidad de la Resolución 56/2018, manteniendo la validez de la ley 27.609 y rechazando otras solicitudes del organismo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte Suprema en fallos como “Blanco Lucio Orlando” sostuvo que “la intervención indebida que lleva a cabo el Poder Ejecutivo Nacional –a través de la ANSeS y de la Secretaría de la Seguridad Social– al dictar y ratificar la Resolución nº 56/2018, sin tener la potestad constitucional para hacerlo, contradice el art. 14 bis de la Ley Fundamental que conjuga el ideal representativo con la realización de los derechos sociales”. Por ello, se declara la inconstitucionalidad de dicha resolución. La sentencia también recuerda que la ley 27.609, que rige desde el 05-01-2021, sustituyó el artículo 32 de la ley 24.241 y sus modificatorias, estableciendo que las prestaciones son móviles y que el índice de movilidad se obtiene mediante una fórmula específica, por lo que la movilidad anterior no debe aplicarse retroactivamente. En relación a las actualizaciones de remuneraciones, se determina que deben seguirse los índices establecidos por resoluciones y normativas específicas, y que los agravios respecto a ciertos topes o límites en las remuneraciones no corresponden en este momento procesal, sino en la etapa de liquidación definitiva. La resolución también destaca que la ley 27.541 y su constitucionalidad no deben analizarse en este momento, dado que existe jurisprudencia consolidada que respalda su validez. Finalmente, la Cámara establece costas por su orden y regula honorarios en un porcentaje, confirmando la validez de las decisiones en los aspectos no revocados.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: