BO JULIO CESAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la inconstitucionalidad del artículo 9 inciso 3 de la Ley 24.463 en casos donde la aplicación de los topes genera una quita superior al 15%, y rechazó los agravios sobre la aplicación de la Resolución SSS 06/09, manteniendo la sentencia de primera instancia en cuanto a la procedencia del reajuste de la Prestación Básica Universal. La decisión se fundamentó en que la limitación del artículo 9 no fue sostenida por la jurisprudencia de la Corte Suprema y que la aplicación del tope puede resultar confiscatoria, en línea con la doctrina del Tribunal Supremo.
¿Quién es el actor?
el organismo ANSeS
¿A quién se demanda?
el actor (beneficiario de la Prestación Básica Universal)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
la declaración de inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463 y la actualización del beneficio sin aplicar los topes que generen una quita superior al 15%
¿Qué se resolvió?
la Cámara confirmó la declaración de inconstitucionalidad del art. 9 inciso 3 de la Ley 24.463 en los casos en que la aplicación del sistema de topes produce una reducción mayor al límite de confiscatoriedad, y rechazó el agravio respecto a la inaplicabilidad del art. 14.2 de la Resolución SSS 06/09, confirmando la sentencia de primera instancia que ordenaba la actualización del beneficio sin aplicar los topes confiscatorios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia señala que la jurisprudencia del Tribunal Supremo, en el precedente “Actis Caporale, Loredano”, establece que “resulta comprobado el perjuicio concreto que ocasionó la aplicación del sistema de topes durante los períodos a que se refieren los agravios del organismo previsional, en medida tal que la merma del haber resulte confiscatoria de acuerdo con la doctrina del Tribunal de Fallos: 307:1985; 312:194, entre muchos otros”. Además, se resalta que no existe limitación temporal en la jurisprudencia respecto a la adquisición del beneficio y que la protección del derecho a una jubilación digna impone evitar que la aplicación de topes produzca una reducción confiscatoria. La sentencia también hace referencia a que la inconstitucionalidad del art. 9 inciso 3 de la Ley 24.463 se declara en los casos en que la quita supera el 15%, en línea con el límite establecido por la Corte Suprema. Finalmente, se confirma que las costas de ambas instancias serán impuestas a la parte vencida, en este caso la demandada.
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