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CORRAL CARLOS ALBERTO c/ ANSES s/INCONSTITUCIONALIDADES VARIAS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la constitucionalidad de las leyes y decretos cuestionados en la demanda, y rechazó los agravios relacionados con la actualización de remuneraciones y los parámetros del sistema previsional, manteniendo la sentencia de grado en todos sus términos.

Recurso de apelacion Inconstitucional

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora cuestiona la constitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426, la ley 27.541 y los decretos relacionados, así como la ley 27.609, y los honorarios regulados.
- La Cámara, tras analizar los planteos, decide no pronunciarse sobre la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 por no haber sido alegado en primera instancia y porque no cumple con los requisitos de agravio concreto.
- Respecto a la ley 27.541 y sus decretos, la Cámara remite a fallos anteriores (“Rojas Roberto Oscar” y otros) y confirma la decisión en cuanto a estos aspectos.
- Sobre la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la ley 24.463, la Cámara declara la inconstitucionalidad del mismo en el supuesto de que la aplicación de los topes resulte confiscatoria, conforme al precedente “Actis Caporale”.
- La Cámara también confirma la constitucionalidad de la declaración de inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463 en el caso de que la merma del haber supere el 15%, y mantiene los honorarios en la misma proporción que en primera instancia.
- Las costas se imponen a la parte vencida y se regula honorarios en el 30% de lo fijado en primera instancia.
- Se devuelve el expediente al tribunal de origen. Fundamentos principales: “En relación con el planteo de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, no se condice con lo decidido por la magistrada actuante, por lo que resulta abstracto su pronunciamiento. Respecto a la ley 27.541 y los decretos dictados en su consecuencia, me he pronunciado en los expedientes: ‘Torelli Ana María’, ‘Rojas Roberto Oscar’ y otros, cuyos fundamentos corresponden hacerlos extensivos a las presentes en virtud del principio de economía y celeridad procesal. En cuanto al art. 9 inc. 3) de la ley 24.463, se declara la inconstitucionalidad en el supuesto que la aplicación del sistema de topes genere una quita superior al 15%, en atención al precedente de la CSJN ‘Rapisarda’. La sentencia confirma la constitucionalidad de la declaración de inconstitucionalidad en caso de que la merma supere dicho límite, y mantiene la regulación de honorarios y costas en los términos de primera instancia.”

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