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VAZQUEZ, YOLANDA PETRONILA c/ ESTADO NACIONAL (AFIP) s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Cámara Federal de Córdoba confirmó la decisión que declaró la caducidad de instancia en un proceso de acción declarativa de inconstitucionalidad, argumentando que el plazo de inactividad de seis meses se cumplió y que la caducidad es de aplicación en estos procesos. La decisión también rechazó el recurso de apelación de la parte actora y confirmó las costas en el orden causado.

Costas Caducidad de instancia Inconstitucionalidad Proceso civil Accion declarativa Interes publico Inactividad procesal Camara federal de cordoba Ley 20.628 Plazo de seis meses.


¿Quién es el actor?

Yolanda Petronila Vázquez

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (AFIP)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declarar la inconstitucionalidad de los arts. 23 c; 81 y 90 de la Ley 20.628 y que se la exima de pagar impuesto a las ganancias sobre sus haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Córdoba confirmó la declaración de caducidad de instancia por inactividad procesal de la actora, considerando que el último acto impulsorio fue el 5/07/21 y que la caducidad se produjo en junio de 2023.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara sostuvo que el art. 310 del C.P.C.C.N. prevé un plazo de seis meses para la inactividad, que en este caso se cumplió, y que la caducidad es una institución restrictiva que debe aplicarse con cautela. Además, se afirmó que la caducidad opera aun en procesos de interés público y que la parte actora no acreditó actos que interrumpieran el plazo. En relación a las costas, se impusieron en el orden causado, en línea con la regla general de que la parte vencida debe soportarlas.

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