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FIDEICOMISO BARRIO AMPLIACION PALMAR c/ FUERZA AEREA ARGENTINA Y OTROS s/CIVIL y COMERCIAL-VARIOS

La Cámara Federal de Córdoba modificó la resolución del Juez Federal de Córdoba y ordenó que los gastos de escrituración sean soportados por el Estado Nacional junto con la Fuerza Aérea Argentina, además de dejar sin efecto la condena al Banco Hipotecario S.A. de levantar la hipoteca, confirmando en lo demás la decisión anterior.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La Cámara revisó la sentencia del juez de primera instancia en la cual se ordenaba a la Fuerza Aérea Argentina y al Fideicomiso elaborar la escrituración del inmueble y pagar ciertos gastos, además de condenar al Banco Hipotecario a levantar la hipoteca. La Cámara consideró que los gastos de escrituración corresponden al Estado Nacional y a la Fuerza Aérea, en virtud de las obligaciones asumidas por el Banco Hipotecario en el marco del Plan VEA y la normativa aplicable, y que la hipoteca ya está vencida, por lo que no corresponde su levantamiento. La Cámara también consideró que las costas deben ser soportadas en su totalidad por la Fuerza Aérea Argentina y el Estado Nacional, en atención a la inactividad y responsabilidad de estas partes en la demora de la cumplimiento de la acto de escrituración.

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