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Incidente Nº 1 - QUERELLANTE: FORRESTER, LILIANA CELINA Y OTROS IMPUTADO: BENITEZ, JUAN CRUZ RAUL Y OTROS s/INCIDENTE DE REGULACION DE HONORARIOS

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional reguló los honorarios del abogado Javier Silvio Potolski por su actuación en el expediente, estableciendo una suma de 32 UMAS, considerando la labor en la instancia y los parámetros legales aplicables, en concordancia con las regulaciones previas y la ley 27.423.

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- Quién demanda: No corresponde, se trata de regulación de honorarios.

¿A quién se demanda?

No corresponde, se regula la cuantía de honorarios del abogado.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios profesionales del abogado Javier Silvio Potolski por su actuación en la causa.

¿Qué se resolvió?

La Cámara reguló los honorarios del abogado en 32 UMAS, equivalentes a $2.425.248, considerando la labor en la instancia, los parámetros de la ley 27.423 y la resolución previa de la Cámara de Apelaciones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En tanto corresponde fijar por lo actuado en esta instancia entre un 30 y un 35% de lo regulado en la instancia anterior, se resuelve fijar los honorarios por la labor del abogado Javier Silvio Potolski ante esta instancia en la suma de 32 UMAS (arts. 19, 30 y cc, ley 27.423)." "Los jueces Rimondi y Divito dijeron: El abogado Javier Silvio Potolski, quien actuó como defensor en la causa, solicitó ante esta sala la regulación de honorarios profesionales por su actuación en esta instancia, en la que tomó intervención presentando un escrito y participando en la audiencia prevista por los arts. 465 y 468 del CPPN, actuaciones mediante las cuales solicitó el rechazo del recurso de casación de la parte querellante, lo que finalmente tuvo lugar." "En atención a que los jueces Rimondi y Divito han coincidido en la solución que corresponde asignar al caso, no emitiré voto en virtud de lo establecido en el art. 23, CPPN." "Se deja constancia que el juez Rimondi participó de la deliberación y emitió voto en el sentido indicado, pero no suscribe la presente por hallarse en uso de licencia (art. 399, CPPN)." "En virtud del acuerdo que antecede la Sala 1 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional RESUELVE fijar los honorarios por la labor del abogado Javier Silvio Potolski ante esta instancia en la suma de 32 UMAS (arts. 19, 30 y cc, ley 27.423); equivalentes al día de la fecha a $2.425.248.-."

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