MEDINA, ADRIAN FERNANDO Y OTRO c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La sentencia de primera instancia condena a Edesur S.A. a pagar $100.000 por daños y perjuicios, rechazando el daño punitivo, y confirma la responsabilidad por interrupciones del servicio eléctrico, fundamentando en la responsabilidad objetiva y en la falta de prueba de hechos fortuitos.
¿Quién es el actor?
Adrian Fernando Medina y Marta Esther Correa
¿A quién se demanda?
Edesur S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
daños y perjuicios por interrupciones del servicio eléctrico ocurridas entre julio de 2020 y julio de 2023, por un monto total de $1.400.000, incluyendo daños materiales, morales y punitivos.
¿Qué se resolvió?
Se condena a Edesur S.A. a pagar $100.000 en concepto de daños y perjuicios, que incluye daño material y moral, rechazándose el daño punitivo. La responsabilidad se fundamenta en la responsabilidad objetiva por interrupciones prolongadas del servicio, y se desestima la eximente por hechos fortuitos alegados por la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Con base en el informe proporcionado por el ENRE y la prueba producida, ha quedado acreditado que la parte actora sufrió múltiples interrupciones en el suministro de energía eléctrica, durante aproximadamente 31,85 horas en total, lo cual implica que los usuarios estuvieron alrededor de un día y medio sin suministro. La jurisprudencia de nuestro fuero ha establecido que el mero incumplimiento en la continuidad del servicio público determina la responsabilidad de la prestataria por los daños causados, salvo fuerza mayor o caso fortuito. La demandada no logró acreditar que las interrupciones se debieran a hechos imprevisibles o inevitables, como altas temperaturas o hechos fortuitos, por lo que su responsabilidad es configurada." "Se descarta la procedencia del daño punitivo, pues no se evidencian conductas dolosas, graves o descalificables por parte de la demandada, que hagan procedente una sanción ejemplar." "Respecto al daño moral, la prolongada y continua situación de cortes ocasionó molestias y angustias a los actores, que justifican una indemnización de $50.000 en total, repartida en partes iguales." "Se fija la suma de $50.000 por daño material y $50.000 por daño moral, con intereses desde la fecha de la mediación (11/07/2023)."
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