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RAMIREZ, HUGO LUIS c/ ESTADO NACIONAL Y OTROS s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

El actor reclamó que se reconozca como remunerativo y bonificable el suplemento zona percibido por personal de la Policía Federal. La Cámara Federal de Corrientes rechazó el recurso de apelación, confirmó la decisión de primera instancia que consideró al suplemento zona de carácter particular no remunerativo y no bonificable, impuso las costas a la actora y difirió la regulación de honorarios.

Suplemento zona Policia federal Remunerativo Bonificable Decreto 380/17 Generalidad Art. 75 ley 21.965 Costas Cpccn art. 68 Regulacion de honorarios


¿Quién es el actor?

Ramírez, Hugo Luis.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional y otros (Policía Federal Argentina).
- Objeto de la demanda: Se reclamó que el suplemento denominado "zona" sea reconocido como concepto remunerativo y bonificable integrado al haber mensual.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Corrientes, por mayoría, rechazó el recurso de apelación interpuesto por la actora, impuso las costas a la vencida conforme el art. 68 del CPCCN y difirió la regulación de honorarios para cuando exista base regulatoria firme (art. 30 y concs. Ley arancelaria 27423).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "En el caso de autos, es sabido que el denominado suplemento 'Zona' se creó, tal como lo expone la sentencia atacada, en la inteligencia de incentivar al personal a que se traslade al interior del país. Que los suplementos particulares tienen en miras retribuir actividades concretas que desarrolla el personal policial, no siendo percibidos por la totalidad del personal en actividad sino que tienen un alcance limitado al cumplimiento de sus objetivos en una región geográfica determinada, destinados a todo aquel que se encuentre asignado a las regiones establecidas en los anexos del decreto." "Así, resulta evidente que para percibir el 'suplemento por zona' es necesario revistar en determinadas regiones geográficas no pudiendo considerársele como un suplemento generalizado para todo el personal. Más recientemente el fallo 'Vettorello, Germán Emanuel c/ EN -M Seguridad-PFA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.'... estableció que del Decreto 380/17 no surge que el suplemento por 'zona' haya sido otorgado a todo el personal policial en actividad de un mismo grado o de todos los grados, sino que fue previsto para que lo perciba el personal policial que sea destinado o que se encuentre destinado en las regiones..." "A tenor de todo lo expuesto, concluyo que el recurso no puede prosperar debiendo mantenerse el criterio adoptado respecto a las costas, ante la ausencia de motivo o razón que autorice el apartamiento del principio objetivo de la derrota establecido en el art. 68 del CPC y CN... En cuanto a las costas de esta alzada, propongo que sean soportadas por la vencida en virtud del principio objetivo de la derrota -art 68 del CPC y CN, coincidentemente con primera instancia y que la regulación de honorarios se difiera para el momento en que exista base regulatoria firme en la instancia de origen (art.30 y concs. de la ley 27423). Así Voto."
- Votos y disidencia: El Dr. Ramón Luis González fue el votante que redactó los considerandos; las Dras. Mirta Gladis Sotelo de Andreau y Selva Angélica Spessot adhirieron al voto del vocal preopinante. No consta disidencia.

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