Recurso Queja Nº 101 - IMPUTADO: PLO, MIGUEL ANGEL s/ASOCIACION ILICITA
La Cámara Federal de Casación Penal concede el recurso de casación interpuesto por la defensa de Miguel Ángel Plo, anulando la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 7 que rechazó la falta de acción por parte de la UIF. La resolución implica la apertura de la instancia casatoria sin prejuzgar sobre el fondo del asunto.
¿Quién es el actor?
La defensa particular de Miguel Ángel Plo
¿A quién se demanda?
La decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 7
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La revisión de la decisión que rechazó la planteo de falta de acción por parte de la UIF
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Casación Penal hace lugar a la queja y concede el recurso de casación, anulando la resolución de la instancia anterior y habilitando la instancia casatoria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
“Los señores jueces doctores Carlos A. Mahiques y Mariano Hernán Borinsky dijeron: I. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 7 de esta ciudad resolvió no hacer lugar al planteo de falta de acción por ausencia de legitimación de la Unidad de Información Financiera (UIF) para querellar, al que había adherido la defensa particular de Miguel Ángel Plo. Contra ese pronunciamiento, la asistencia técnica del nombrado interpuso recurso de casación, cuyo rechazo motivó la presentación directa bajo examen. II. En la medida en que la queja deducida reúne los requisitos de admisibilidad y fundamentación previstos en los arts. 456, 463 y 477 del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN), corresponde autorizar la apertura de la instancia casatoria y habilitar el conocimiento de esta Sala, sin que ello implique adelantar opinión sobre el fondo del asunto (arts. 478, 530 y 531 in fine del CPPN).”
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