FRAGUEDA, JUANA ETELVINA c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La Cámara confirmó la condena a la empleadora por incapacidad laboral derivada del accidente y rechazó la impugnación de la demandada respecto a la incapacidad psíquica. La sentencia ajustó la indemnización por incapacidad física y psicológica, y estableció costas y honorarios en favor de la actora.
- Quién demanda: Juana Etelvina Fragueda.
¿A quién se demanda?
Galeno ART S.A. y Coto Centro Integral de Comercialización S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por incapacidad laboral total del 22,80%, incluyendo daño físico y psicológico, con suma de $4.002.445,03, actualizada.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la condena y la cuantía indemnizatoria, elevando honorarios y costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sala sostuvo que la incapacidad psíquica fue correctamente reconocida y valorada, y que la prueba pericial en salud mental fue suficiente para confirmar la daño psicológico. La impugnación de la demandada por no haberse denunciado oportunamente en la etapa administrativa fue desestimada, dado que la ley 27.348 permite el reconocimiento de incapacidades no reclamadas previamente. Se rechazó además la inconstitucionalidad del DNU 669/19 para la actualización de sumas resarcitorias, y se confirmó el mecanismo de intereses y actualización aplicado. La sentencia consideró que la prueba pericial fue adecuada y que la relación causal entre el accidente y la daño psíquico se encontraba suficientemente acreditada.
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