DE ROSSI, MARIA EUGENIA c/ CENTRO GALLEGO DE BUENOS AIRES MUTUALIDAD CULTURA ACCION SOCIAL s/DESPIDO
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en Sala VI confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a la demandada por despido y otros conceptos laborales, rechazando los agravios por la valoración de las pruebas y ajustándose a la normativa laboral vigente, incluyendo la actualización de intereses y costas procesales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, María Eugenia de Rossi, demanda al Centro Gallego de Buenos Aires Mutuidad, Cultura, Acción Social por despido y reclamos laborales.
- La demandada cuestiona la decisión de la primera instancia, alegando errores en la valoración de la prueba y en la aplicación de la normativa.
- La Cámara analizó los agravios y concluyó que no se configuraron defectos en la valoración probatoria ni en la fundamentación, confirmando la sentencia de grado.
- Se sostuvo que la incomparecencia de la demandada a la audiencia confesional implicó la aceptación de los hechos, y que el convenio de pago no homologado no resulta oponible, manteniéndose la condena.
- Sobre intereses, se declaró la inconstitucionalidad del art. 7° de la Ley 23.928 y se aplicó un interés actualizado mediante IPC y tasa del 3% anual desde la exigibilidad.
- La Cámara consideró que la valoración de la prueba y la decisión de fondo estaban fundadas en derecho y en la valoración integral del expediente.
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