Incidente Nº 1 - DENUNCIADO: ECOPARQUES DE ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA Y OTROS s/INCIDENTE DE ACOGIMIENTO AL REGIMEN PREVISTO A LA LEY 27541
El tribunal rechaza la excepción de falta de acción planteada en el incidente, confirmando que la conducta del contribuyente no resulta alcanzada por los beneficios de suspensión de las acciones penales tributarias previstos en la ley 27.541, debido a que la conducta encuadra en la figura de simulación dolosa de cancelación de obligaciones tributarias, excluida de los beneficios del régimen.
¿Quién es el actor?
Fiscalía y Poder Judicial
¿A quién se demanda?
R.A.Z. y firma E.D.A. SA
- Objeto de la demanda: Excepción de falta de acción en proceso penal por posible delito previsto en art. 10 de la ley 27.430
- Decisión del tribunal: No hace lugar a la excepción de falta de acción interpuesta por la defensa, confirmando que la conducta del imputado encuadra en el artículo 10 de la ley 27.430, por haber simulado cancelaciones de obligaciones tributarias mediante declaraciones juradas rectificativas y saldos ficticios, por un monto de $1.748.325,20, en períodos fiscales 2012, 2013 y 2014, y en 2016, 2018 y 2019.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró que la ley 27.541 no ampara conductas de simulación dolosa de pago, ya que estas acciones no están vinculadas con el incumplimiento del pago de tributos, sino con la manipulación de declaraciones y comprobantes falsos. Se cita que la conducta del contribuyente se ajusta a la figura penal del art. 10 de la ley 27.430, y que la ley 27.541 excluye de su beneficio los delitos que impliquen simulación dolosa de cancelaciones, conforme a la jurisprudencia de la Cámara Federal de Casación Penal en autos "Szczech". La interpretación del régimen legal y los antecedentes jurisprudenciales sustentan la decisión de mantener la acción penal en curso.
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