LLANO ALICIA ELENA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia y reconoce la constitucionalidad de las leyes de movilidad previsional, pero en disidencia, la jueza Tognola declara la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 por su efecto retroactivo, afectando derechos constitucionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Alicia Elena Llano, reclama la actualización de su beneficio previsional, en virtud de las leyes 26.417, 27.426, 27.541 y 27.609, y cuestiona la constitucionalidad de las mismas. La Cámara, en mayoría, revoca la sentencia previa y confirma la validez de dichas leyes, sosteniendo que la aplicación retroactiva no vulnera derechos constitucionales, ya que el derecho a la movilidad se devenga en el momento del incremento y no antes. La disidente, en cambio, señala que la aplicación retroactiva del art. 2 de la ley 27.426 vulnera el principio de seguridad jurídica y el derecho de propiedad, siendo confiscatorio y, por tanto, inconstitucional. La jueza Tognola cita Fallos de CSJN que avalan la protección del derecho adquirido y la prohibición de retroactividad que afecte derechos constitucionales. La mayoría establece que la ley 27.426, en su momento, modifica índices ya devengados, pero sin afectar derechos adquiridos, mientras que la disidente sostiene que la retroactividad impacta negativamente en los derechos del beneficiario.
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