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SOTO, GUSTAVO JAVIER c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Contencioso Administrativo Federal - Sala V desestimó el recurso de apelación contra la resolución que no hizo lugar a la ejecución de un crédito en favor del actor. La decisión se fundamentó en que el monto involucrado en la controversia no superaba el mínimo legal para ser apelable según el artículo 242 del C.P.C.C.N.

Recurso de apelacion Honorarios Inapelabilidad Resolucion judicial Rechazo del recurso Credito laboral Camara contencioso administrativo Jurisprudencia. Ley 24.624 Monto inferior a $50.000

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, representada por su letrado, interpuso recurso de apelación contra la resolución del 9 de mayo de 2025, que no hizo lugar a la pretensión de ejecutar su crédito. La resolución anterior indicó que, en virtud del artículo 20, 2º párrafo, de la ley 24.624, la demandada disponía hasta el último día hábil del año en curso para efectuar el depósito del monto adeudado. El recurrente alegó que la demandada había informado haber incorporado su crédito para ser abonado en 2024. La Cámara analizó la admisibilidad formal del recurso, destacando que, según el artículo 242 del C.P.C.C.N., las resoluciones son inapelables si el monto cuestionado no supera los $50.000. En este caso, el monto regulado en honorarios ($4.000 más 0,53 UMA) no alcanza dicho umbral, por lo que el recurso fue considerado mal concedido y, en consecuencia, se rechazó. La Cámara dejó constancia que la Vocalía Nro. 15 se encontraba vacante.

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