ROMERO, HERNAN RAMON Y ROMERO, LUCIANO LUIS s/ PRIVACION ILEGAL DE LA LIBERTAD COACTIVA DOBLEMENTE CALIFICADA POR LAS LESIONES CAUSADAS A LA VICTIMA Y POR LA PARTICIPACION DE TRES O MAS PERSONAS Y AGRAVADA POR LA PARTICIPACION EN EL HECHO DE MENORES DE EDAD Y HOMICIDIO DOBLEMENTE CALIFICADO POR EL CONCURSO PREMEDITADO DE DOS O MAS PERSONAS Y CRIMINIS CAUSA, EN GRADO DE TENTATIVA Y PORTACION ILEGAL DE ARMA DE FUEGO DE GUERRA
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a Hernán Ramón Romero y Luciano Luis Romero por delitos relacionados con secuestro, lesiones, homicidio en tentativa y portación ilegal de armas en un contexto de violencia organizada. La decisión se fundamenta en la valoración conjunta de la prueba, destacando la credibilidad de los testimonios y la lógica del conjunto probatorio. Los jueces rechazaron los agravios defensistas que alegaron insuficiencia probatoria, contradicciones en los testimonios y errores en la valoración de la prueba, subrayando que la prueba rendida en juicio fue suficiente y congruente para sostener la responsabilidad penal de los imputados y la configuración del dolo homicida en tentativa. La pena de 29 años de prisión se mantuvo, considerando la gravedad de los hechos, la participación en la organización delictiva y las circunstancias del ataque. La sentencia también ordenó decomisos y medidas relacionadas con los bienes secuestrados, reafirmando la suficiencia y solidez del análisis probatorio y la adecuada aplicación del derecho.
- Quién demanda: La Fiscalía de la Provincia de Santa Fe (a través del Ministerio Público de la Acusación).
¿A quién se demanda?
Hernán Ramón Romero y Luciano Luis Romero.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La confirmación de la condena por participación en hechos de secuestro, lesiones, tentativa de homicidio, portación ilegal de armas y otros delitos vinculados a organización criminal.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelaciones en lo Penal confirmó en su totalidad la sentencia de primera instancia, manteniendo las condenas y las penas impuestas, y rechazando los agravios defensistas por insuficiencia probatoria y errores en la valoración de la prueba.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La valoración de la prueba se realizó en conjunto y con lógica, resaltando la credibilidad de los testimonios, la coherencia de las declaraciones, la evidencia material, las videollamadas y los registros fílmicos. Se argumentó que la participación de los imputados quedó suficientemente probada, en particular la participación de Hernán Romero como quien impartía órdenes desde la prisión, y la responsabilidad de Luciano Romero en la portación y uso de armas de fuego de guerra. La gravedad de los hechos, la existencia de violencia organizada, las secuelas físicas y psíquicas en la víctima, y la adecuación de la pena a la gravedad del delito justificaron la confirmación del fallo y la imposición de la pena de 29 años de prisión. Los votos fueron unánimes en la confirmación de la sentencia.
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